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Jueves 18 de Julio de 2019

Juzgado Federal

Al ex Intendente Domínguez le dictaron la falta de méritos

El ex jefe comunal de nuestra ciudad profesor Ernesto Domínguez estaba denunciado en una causa que lo involucraban por abuso de autoridad y violación de deberes como funcionario público. La misma se encuentra en el Juzgado Federal Nº 11 del Dr. Claudio Bonadio, que por la misma causa confirmaron el procesamiento de 47 intendentes por supuesto fraude con un plan de gestión de residuos.


La Cámara Federal porteña confirmó este miércoles el procesamiento de 47 intendentes y exintendentes, entre ellos dos correntinos, como partícipes necesarios de un supuesto fraude en contra de la administración pública, a través de un programa de gestión de residuos urbanos, informaron fuentes judiciales.

En el caso de los correntinos, los ex jefes comunales Armando Bordón (Paso de la Patria) y Eduardo Galantini (Monte Caseros) figuran en la lista de los con procesamiento confirmado, mientras que a Ernesto Domínguez, exintendente de nuestra ciudad, le dictaron falta de mérito.

En febrero pasado, el juez Claudio Bonadío había dispuesto el procesamiento de 92 intendentes pero la Cámara Federal sostuvo que para 42 de ellos no hay elementos contundentes por lo que corresponde seguir investigando.

En la oportunidad el profesor Ernesto Domínguez fue abordado por Radio Horizonte y había dicho “Hemos podido explicar un poco lo que fue la compra de los camiones y la camioneta KIA que es el motivo por el cual al municipio de Curuzú Cuatiá lo involucran en esta causa, ahora antes de reunirme con el concejo aproveche y agradecí al intendente porque nos ha facilitado y agilizado las copias del expediente y certificado de la rendición donde habíamos rendido en tiempo y forma”. “Esta reunión con el concejo la he pedido porque es el órgano contralor del municipio y deben estar informados también, además de que algunos concejales son nuevos y les facilitaré la información para llevarle tranquilidad a aquellos que ya saben cómo nos hemos manejado y al resto para que puedan tener el material y ver como fue el proceso de los dos camiones y de la camioneta KIA, del porque la decisión de esa compra y porque la imposibilidad de destinar más fondos a esa compra”. “Son pasos judiciales, desconozco los tiempos del proceso; lo que si se es que el próximo paso tiene que ser a nuestro entender, al presentar la documentación y las pruebas, se dicte la falta de méritos personal; pero bueno en esta situación hay 200 intendentes involucrados y ya hay procesados ministros y secretarios”.

En los vistos y considerandos la Camara Federal dice, "El conjunto de municipios donde parece poco adecuado hablar de una defraudación contra la administración pública incluye... a Ernesto Gabriel Domínguez, de Curuzú Cuatiá, que adquirió dos compactadores y un camión pequeño en lugar de tres compactadores".

En virtud de lo expuesto el Tribunal RESUELVE:

I) NO HACER LUGAR a los planteos de nulidad tratados en el acápite II del presente decisorio.

II) CONFIRMAR PARCIALMENTE el punto dispositivo I de la resolución obrante en copias a fs. 1/219 en cuanto dispuso el procesamiento de Gustavo Javier Karasiuk, Ángel Ernesto González, Francisco Martín Winnik, Alfredo Mario Pastor, Gustavo Fabián Steven, Carlos René Andión, Walter Fabián Correa, Alicia Mabel Leiva, Elba Patricia Lezcano, Jorge Armando Batalla, Aldo Adolfo Leiva, María Susana Simonofski, Oscar Alberto Nievas, Carlos Gerardo Palacios, Lorenzo Heffner, Héctor Justino Vega, Carlos Antonio Ibañez, Estela Carina Mitoire, Alfredo Osvaldo Zamora, Raúl Alberto Cantín, Teodoro Segundo Camino, Gustavo Daniel Racca, Roberto Gustavo Dehesa, Héctor Carlos Godoy, José Antonio López, Juan Carlos Bacalini, Juan Enrique Orellana, Julio Ernesto Castro, Luis Víctor Stanicia, Alberto Rodolfo Escudero,
Eduardo Leonel Galantini, Diana Edith Argüello, Hermes Armando Bordón, Federico Neis, Ricardo Miguel Casi, Héctor Aníbal Olivera, Jorge Alejandro Eijo, Gustavo Alfredo Walker, Francisco Aurelio Iribarren, Marta Susana Medici, Ricardo Néstor Curetti, Carlos Marcelo Raciatti, Francisco Durañona y Vedia y de Francisco Virgilio Gutiérrez por hallarlos prima facie partícipes necesarios del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública (artículos 45, 173 inciso 7°, 174 inciso 5° del Código Penal y 306 del C.P.P.N.).

REVOCAR PARCIALMENTE el punto dispositivo I de la misma decisión en cuanto ordenó los procesamientos de Eladio Fabián Aguirre, Gerardo Cipolini, Jorge Damián Rodríguez, José Ramón Carbajal, Pedro Ángel Bodnarczuk, Antonio José Rodas, Diógenes Aníbal Requena, Rosario Belkys Ávalos, José Manuel Córdoba, José Ramón Bodlovic, Rafael Williams, Pablo Gabriel Salazar, Mónica Alejandra Stumpo, José Luis Freyre, Guillermo Mario Cornaglia, Fernando Emilio Almada, César Elías Dip, Rodolfo Lino Cappellini, Luis Alberto Erro, Horacio Matías Mazu, Juan Carlos Kloss, Rubén Ángel Vázquez, José Luis Dume, Juan Manuel Enrique Pereyra, Ernesto Gabriel Domínguez, José Manuel Inza, Pablo Javier Zurro, Alberto Rubén Conocchiari, Celia Gianni Lafleur, Juan Ramón Barrionuevo, Walter Sergio Torchio, Gastón Arnoldo Arias, Néstor Fabián Álvarez, Martín Ángel Caso, Gustavo Guillermo Trankels, Marcos Luis Fernández, Enrique Tkacik, Alfredo Rubén Fisher, José María Medina, Juan Carlos
Bartoletti, Gustavo Rodolfo Cocconi y Francisco José Echarren, y en consecuencia, disponer la FALTA DE MÉRITO para procesarlos o sobreseerlos, debiendo el juez proceder según se indica en los considerandos (artículo 309 del C.P.P.N.).


IV) REVOCAR PARCIALMENTE el punto dispositivo I del mismo decisorio y SOBRESEER a Marcelo Alejandro Skansi y a Pedro León Maidana en orden a los hechos por
los que fueron investigados, haciendo expresa mención de que la formación de la presente en nada afecta el buen nombre y honor del que hubieran gozado (artículos 334 y 336 inc. 2° del C.P.P.N.).

V) TENER POR TÁCITAMENTE
DESISTIDOS los recursos de apelación deducidos con respecto a Claudia Lorena Panzardi, Mateo Daniel Capitanich y Hugo Abel Sager.

VI) DECLARAR LA NULIDAD del punto dispositivo II de la resolución obrante en copias a fs. 1/219, debiendo el juez trabar nuevos embargos de acuerdo a los parámetros indicados (artículo 123 del C.P.P.N.).
Regístrese, notifíquese, hágase saber y devuélvase a la anterior instancia.
Sirva la presente de atenta nota de envío.


PABLO DANIEL BERTUZZI JUEZ DE CÁMARA
LEOPOLDO OSCAR BRUGLIA JUEZ DE CÁMARA
MARIANO LLORENS JUEZ DE CÁMARA
DARIO ANIBAL POZZI PROSECRETARIO DE CAMARA
 

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