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Jueves 12 de Diciembre de 2019

“Este municipio, a través de la ordenanza 3128, prohíbe la venta de toda pirotecnia con impacto audible”

Fueron las palabras de la Directora de Bromatología de la Municipalidad de Curuzú Cuatiá, Graciela Quintana, en comunicación con radio Horizonte.


En horas de la mañana del miércoles, dialogó con el programa “Mañana Express”, la Sra. Graciela Quintana acerca de la venta de pirotecnia.
“La Dirección de Calidad Ambiental, comenzó a trabajar desde principios del mes de noviembre con la aplicación de la Ordenanza 3128, que es la que trabaja y reglamenta todo lo relacionado con la venta de pirotecnia”, comenzó diciendo.
“Esta ordenanza, está reglamentada por resolución del DEM Nº 547/18, y esta resolución fue solicitada la modificación en el articulo Nº2 por medio de una resolución del HCD Nº 66/18, y establece bien en claro cual es la pirotecnia que no se puede vender”, explicó.
“Este municipio, a través de dicha ordenanza prohíbe la venta de toda pirotecnia con impacto audible, pero si se continua permitiendo todos los que tengan efecto lumínico”, continuó explicando.
“Por este motivo, los que se encuentran prohibidos son los petardos, baterías, bengalas, volcán con efectos combinados, fuentes, monteros, candelas, bombas, tortas y cañas voladoras”, detalló.
 “Las pirotecnias que si están autorizadas son los fósforos, los mismos son los que se activan por medio de la fricción, estrellitas, bengalas sin humo, y volcanes y fuentes de efecto lumínico”, terminó diciendo la Sra. Quintana.

RESOLUCIÓN Nº 66/18


EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE CURUZU CUATIA

RESUELVE



Art.1º.- Solicitar al D.E.M modifique el Artículo 2º de la Resolución Nº 547/18 por el siguiente:

                   “ART 2º Reglamentar el artículo 2º de la Ordenanza N° 3128 sancionada por el H.C.D con fecha 5 de Septiembre de 2018 determinado según la categorización establecida en la ley N° 20.429. Decreto Reglamentario 302/83 y disposiciones del RENAR Y ANMAC en el régimen de prohibiciones dispuesto para la comercialización en la Municipalidad de Curuzú Cuatiá en orden a los elementos pirotécnicos de efecto o sonoro a saber.



Disposición RENAR 77/05 Anexo 1: Glosario de artificios pirotécnicos

(PROHIBIDOS)



a) PETARDO

b) BATERIA

c) ESTALLO

d) BENGALA

e) VOLCAN (de efectos combinados)

f) FUENTE (de efectos combinados)

g) MORTERO

h) CANDELA

i) MORTERO CON BOMBA

j) BOMBA

k) FOGUETA

l) TORTA

m) CAÑA VOLADORA

n) GIRATORIO

ñ) OTROS GENERICOS



Disposición RENAR 77/05 Anexo 1: Glosario de artificios pirotécnicos

(PERMITIDOS)

a) FÓSFOROS: denominación genérica para aquel artificio pirotécnico audible iniciado por fricción, no posee mecha se enciende por rozamiento y se arroja al piso.

b) ESTRELLITA (denominación genérica para aquel artificio de efecto lumínico y/o fumígeno manual que está constituido por una varilla de alambre metálico u otro material recubierto parcialmente con materia pirotécnica distribuido convenientemente de manera de poder mantener un extremo libre. Para su encendido se aplica llama directa o elemento incandescente sobre el extremo que contiene la materia pirotécnica se enciende y se sostiene con la mano)

c) BENGALITAS SIN HUMO: (denominación genérica para aquel artificio pirotécnico lumínico que emite chispas o luz de escasa o nula emisión de humo o sedimentos utilizados para decoración)

d) VOLCÁN DE EFECTOS LUMÍNICOS

e) FUENTES DE EFECTOS LUMÍNICOS O FUMIGENOS: (producen su efecto lumínico o fumígeno de variedad de colores a través de la liberación de los productos de la combustión de la materia pirotécnica)



EFECTO AUDIBLE: efecto producido por artificios pirotécnicos sensibles al oído humano tales como estampido, estruendo, silbido o similares

EFECTO LUMÍNICO: efecto producido por artificio pirotécnico sensible a la vista

EFECTO FUMIGENO: efectos producidos por artificios pirotécnicos caracterizados por la producción de humo. 
Fuente: Foto: Archivo
Todo muy lindo lo de la Resolusion pero quien se encarga de controlar, recorrerán los negocios/kioskos para que no lo hagan o solo es un papel firmado para el archivo.?
Sergio Oscar Flores 17/12/2019 - 12:57:37
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