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Martes 14 de Abril de 2020

El Municipio se adhirió a la norma de la Provincia al uso obligatorio de la utilización de protectores faciales

EL Gobierno provincial confirmó el uso obligatorio del barbijo en la circulación en la calle. Através de la Resolución Nª 153 el Municipio de Curuzú Cuatiá se adhirió a esta norma. 


RESOLUCIÓN N° 153
VISTO:

Las medidas preventivas y sanitarias adoptadas por este D.E.M., la Ordenanza 3232/2.020, el Decreto Provincial 507/2.020 y el D.N.U. P.E.N. N° 297/2020 del 19 de marzo de 2.020; y


CONSIDERANDO:

Que a través del D.N.U. P.E.N. N° 297/2.020 del 19 de marzo de 2.020 y con el fin de proteger la salud pública, el Estado Nacional, estableció la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” en los términos allí indicados desde el 20 hasta el 31 de marzo inclusive del corriente año y prorrogándose hasta 12 de abril de 2.020.-

Que por ello, la Municipalidad de Curuzú Cuatiá debe adoptar la medidas pertinentes a los efectos de apoyar el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, y extremar todos los recaudos a los efectos de evitar la propagación del virus COVID-19.-
Que ante el actual panorama de salubridad pública, y la eventual flexibilización del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” resulta imperante adoptar las medidas preventivas para evitar el contagio y transmisión del virus COVID-19.-
Que es sabido y probado que la utilización de barbijo implica un gran beneficio a los efectos de evitar la propagación del virus COVID-19 y con ello reducir notablemente las posibilidades de contagio, por ello la Municipalidad de Curuzú Cuatiá estima conveniente aconsejar y sugerir a sus vecinos la utilización de barbijo o cubreboca de cualquier naturaleza.-
Que ante el avance epidemiológico del virus COVID- 19 resulta preciso establecer la recomendación del uso de barbijo, buscando reducir las posibilidades de contagio y propagación del virus COVID-19.-
Que en la medida que la pandemia avance y se restablezca paulatinamente la circulación de personas en la calle, cada vez será más importante el uso masivo de barbijos y dicha recomendación se transformará en obligatoria por decisión de este D.E.M.-

POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL
RESUELVE:



ARTÍCULO N° 1°: RECOMENDAR la utilización de barbijo o cubreboca de cualquier naturaleza o protectores faciales a todas las personas que circulen por la vía pública.-
ARTÍCULO N° 2°: ESTABLECER que si el Gobierno Nacional y/o Provincial declaran obligatorio el uso de barbijo dicha norma se hace inmediatamente aplicable para la ciudad de Curuzú Cuatiá.-
ARTÍCULO N° 3: ESTABLECER que el D.E.M. podrá declarar la obligatoriedad del uso de barbijo si el avance epidemiológico así lo requiera.-
ARTÍCULO N° 4: COMUNÍQUESE al H.C.D., publíquese, regístrese y archívese.-
 

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