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Jueves 23 de Septiembre de 2021

Una por una, las nuevas medidas sanitarias

Desde el 1 de octubre se levanta el uso obligatorio del tapabocas al aire libre, se habilitan las reuniones al aire libre sin tope máximo de personas, suben los aforos y comienza una progresiva apertura de fronteras.


• Se levanta la obligatoriedad de uso de tapaboca al aire libre cuando se circula en forma individual, burbuja en todos los casos cuando NO haya aglomerado de personas. Continúa siendo obligatoria en lugares cerrados  (aula, cine, teatro, ámbitos de trabajo, transporte público, espectáculos y eventos masivos) y al aire libre cuando hay aglomerados de personas.

• Reuniones sociales sin límites de personas cumpliendo las medidas de prevención, tapabocas, distancia y ventilación.

• Aforo del 100% en actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales en lugares cerrados manteniendo las medidas de prevención, tapaboca, distancia y ventilación.

• Autorización de viajes de jubilados y jubiladas, egresados y egresadas y principales de estudiantes o similares siguiendo los protocolos recomendados.

• Autorización de discotecas con aforo del 50%, con esquema completo de vacuna (14 días previos al evento). 

• Salones de fiestas, bailes o actividades similares: habilitado para personas que acrediten esquema completo de vacuna (14 días previos al evento) o una dosis más test diagnostico (PCR o Antígeno) negativo dentro de las 48 horas previas al evento. Protocolo especial para las fiestas de 15 o para menores de 17 años mientras avance la vacunación en los y las adolescentes.

• Eventos masivos de más de MIL (1000) personas. A partir del 1 de octubre se habilita con aforo del 50%, y se trabajará con los actores involucrados el protocolo específico en relación a los requisitos.

Cronograma de apertura gradual de fronteras

• 24 de septiembre: eliminación del aislamiento a argentinos, residentes y extranjeros que vengan por trabajo y estén autorizados por la autoridad migratoria.

• 1 de Octubre: autorización ingreso de extranjeros de países limítrofes sin aislamiento. Apertura de fronteras terrestres a pedido de gobernadores (con corredores seguros aprobados por la autoridad sanitaria con cupo definido por la capacidad de cada jurisdicción).

• Entre el 1 de octubre y 1 de noviembre incremento del cupo de ingreso progresivo en todos los corredores seguros, aeropuertos puertos y terrestres.

• El 1 de noviembre se autoriza ingreso de todos los extranjeros


Fuente: Telam
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