El Juzgado Civil, Comercial y Laboral N° 2, a cargo de la Dra. M. Cristina Rodriguez De león, ubicado en calle Dr. Pozzi n-| 682 de la ciudad de Curuzú Cuatiá (Ctes.), Correo Eléctronico: jcivcomlab-curuzu@juscorrientes.gov.ar, Teléfono: 03774-42012, cita y emplaza a herederos, legatarios, albaceas, acreedores y a todos los que se consideren con derechos sobre los bienes de la herencia de MARIA VERONICA CALLABA GUENAGA, DNI N° 28.111.729, para que dentro del plazo de treinta (30) días se presenten y acrediten si en el proceso sucesorio declarado abierto con el título que invocan, en la causa: "CALLABA GUENAGA, MARIA VERONICA s/ SUCESION AB INTESTATO" CXP 16933/22, en trámite por ante el Juzgado antes mencionado. Así se ha dispuesto en la resolución n° 3455 de fecha 16/diciembre/2022, la cual en su parte pertinente dice: "...Publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y en un diario de circulación en la provincia, citando a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante para que dentro de 30 (treinta) días lo acrediten...".-
Curuzú Cuatiá (Ctes.), 20 de diciembre de 2022.
ED
decuruzu.com
EDICTO
El Juzgado Civil, Comercial y Laboral N° 2, a cargo de la Dra. M. Cristina Rodriguez De león, ubicado en calle Dr. Pozzi n-| 682 de la ciudad de Curuzú Cuatiá (Ctes.), Correo Eléctronico: jcivcomlab-curuzu@juscorrientes.gov.ar, Teléfono: 03774-42012, cita y emplaza a herederos, legatarios, albaceas, acreedores y a todos los que se consideren con derechos sobre los bienes de la herencia de MARIA VERONICA CALLABA GUENAGA, DNI N° 28.111.729, para que dentro del plazo de treinta (30) días se presenten y acrediten si en el proceso sucesorio declarado abierto con el título que invocan, en la causa: "CALLABA GUENAGA, MARIA VERONICA s/ SUCESION AB INTESTATO" CXP 16933/22, en trámite por ante el Juzgado antes mencionado. Así se ha dispuesto en la resolución n° 3455 de fecha 16/diciembre/2022, la cual en su parte pertinente dice: "...Publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y en un diario de circulación en la provincia, citando a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante para que dentro de 30 (treinta) días lo acrediten...".-
Curuzú Cuatiá (Ctes.), 20 de diciembre de 2022.